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¿Califico para la exención de cuotas (I-912)?

El Formulario I-912 pide que USCIS te perdone la cuota de ciertos trámites. Una de las tres vías es el ingreso: al o por debajo del 150% de la guía federal de pobreza. Aquí hay un detalle incómodo que casi nadie te va a decir, y te lo decimos abajo.

Calculadora de la exención de cuotas (I-912)

Nada de esto se guarda ni se manda a ningún lado.

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Las tres vías del I-912

El ingreso es solo una de tres. Puedes pedir la exención si:

  1. Recibes un beneficio público sujeto a comprobación de ingresos que califique;
  2. El ingreso bruto ajustado de tu hogar está al o por debajo del 150% de la guía federal de pobreza; o
  3. Tienes una dificultad económica (financial hardship) que te impide pagar.

Esta calculadora solo cubre la segunda. Si no calificas por ingreso, todavía te quedan las otras dos: no te rindas por este número.

El detalle incómodo: USCIS no ha actualizado su tabla

Aquí es donde tenemos que ser francos contigo, porque el resultado depende de esto.

Las instrucciones vigentes del I-912 (edición del 22 de julio de 2025) dicen que el límite es el 150% de las guías federales de pobreza, y que esas guías las actualiza el Secretario del HHS cada año. Hasta ahí, claro. Pero luego te mandan a consultar las cifras en una página de USCIS llamada Formulario I-912P.

Y esa página está marcada como “Archived Content” por el propio USCIS, con el aviso de que la información está desactualizada. Sigue mostrando las guías vigentes desde el 17 de enero de 2024. No se ha actualizado.

Entonces hay dos cifras defendibles y no coinciden. Para un hogar de una persona en los 48 estados:

OrigenLímite
150% de las guías vigentes de 2026$23,940
Tabla I-912P de USCIS (archivada, cifras de 2024)$22,590

Qué hacemos con eso

No escogemos por ti y no fingimos que el problema no existe. La calculadora aplica la regla del 150% a las guías de pobreza vigentes de 2026, que es lo que dice el texto de la instrucción. Pero si tu ingreso cae en medio de las dos cifras, no te decimos “sí calificas”: te decimos que estás en zona gris y que lo confirmes, porque un oficial que lea la tabla publicada vería el número viejo.

Preferimos avisarte de una duda real antes que darte una respuesta bonita y equivocada. Si estás en esa franja, pregunta directo a USCIS o a un profesional, o apóyate en las otras dos vías (beneficio público o dificultad económica), que no dependen de esta cifra.

Quién cuenta en tu hogar para el I-912

Ojo: no es el mismo hogar del I-864. Cada formulario tiene su propia definición y confundirlas da números equivocados. Para el I-912, las instrucciones cuentan a las personas que dependen de tu ingreso, del de tu cónyuge o del del jefe de familia. Te incluye a ti y al jefe de familia si no eres tú.

Hay una regla protectora que vale la pena conocer: si estás pidiendo beneficios por VAWA o estatus T o U, y tu jefe de familia o un miembro de tu hogar fue tu abusador o traficante, no lo incluyas ni pongas su ingreso.

Y si eres estudiante de tiempo completo, mayor de 21 pero menor de 24, soltero y vives con tus padres (o te reclaman como dependiente), tienes que incluir el ingreso de tus padres.

Dos avisos de la propia lista de cuotas

Si no calificas por ingreso

Si vas por la ciudadanía y tu ingreso pasa el 150% pero no el 400%, todavía puedes bajar el N-400 de $760 a $380. Míralo en la calculadora de la cuota reducida.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite de ingreso para la exención de cuotas?

El 150% de la guía federal de pobreza según el tamaño de tu hogar. Aplicando esa regla a las guías vigentes de 2026, son $23,940 al año para un hogar de una persona en los 48 estados. USCIS todavía publica en su tabla I-912P, marcada como archivada, la cifra de 2024, que es $22,590.

¿Por qué la calculadora dice que mi caso está en zona gris?

Porque tu ingreso quedó entre las dos cifras: por debajo del 150% de las guías de 2026, pero por encima de lo que USCIS todavía tiene publicado en su tabla I-912P archivada. Las dos cifras son defendibles y no vamos a escoger por ti en algo que te cuesta dinero. Confírmalo con USCIS o con un profesional.

¿Solo se puede pedir la exención por ingreso bajo?

No. Hay tres vías: recibir un beneficio público sujeto a comprobación de ingresos que califique, tener ingreso al o por debajo del 150% de la guía de pobreza, o demostrar una dificultad económica. Si fallas la del ingreso, las otras dos siguen abiertas.

¿El hogar del I-912 es el mismo que el del I-864?

No, y confundirlos es un error común. El I-912 cuenta a las personas que dependen de tu ingreso, del de tu cónyuge o del del jefe de familia. El I-864 usa siete renglones completamente distintos.

Fuente: Formulario I-912, Instrucciones (edición 07/22/25), Parte 5; Formulario I-912P (archivado); Guías de Pobreza 2026 del HHS. Última revisión: 2026-07-16. Ver metodología y fuentes.

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